
INFORMATIVO Nº 038 SUSPENSIÓN DE ARTICULOS DEL DNU 70/2023 Y MODIFCACIONES POSTERIORES QUE SE HUBIESEN DICTADO AFECTANDO LA PROFESIÓN FARMACÉUTICA Y LA SALUD PÚBLICA
2025-05-23

SUSPENSIÓN DE ARTICULOS DEL DNU 70/2023 Y MODIFCACIONES POSTERIORES QUE SE HUBIESEN DICTADO AFECTANDO LA PROFESIÓN FARMACÉUTICA Y LA SALUD PÚBLICA
La Justicia suspendió Artículos del DNU 70/2023 y las resoluciones reglamentarias y modificatorias que hubiesen emitido con posterioridad que afectaban la Profesión Farmacéutica y la Salud Pública
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió suspender la vigencia de varios artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, por considerar que atentaban contra la profesión farmacéutica y la salud de la población.
El fallo, firmado por los jueces, deja sin efecto los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del mencionado decreto, así como todas sus resoluciones reglamentarias.
Por lo tanto, rige nuevamente la ley 17565 y sus decretos reglamentarios.
Principales implicancias del fallo:
* Se prohíbe la venta de medicamentos de venta libre fuera del ámbito de farmacias. Esto incluye supermercados, kioscos y cualquier otro establecimiento que no sea una farmacia dirigida por un profesional farmacéutico.
* Se restablece la obligatoriedad de informar las modificaciones edilicias y el cumplimiento del turno obligatorio.
* Se restablece la exclusividad del ejercicio profesional del farmacéutico en una sola farmacia, quedando sin efecto la posibilidad de que un mismo profesional atienda múltiples establecimientos.
* Se impide que droguerías se constituyan como farmacias, prohibiéndoles la venta directa de medicamentos al público.